Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, A2

  • EntidadMinisterio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
  • Plazas2051
  • NivelA2
  • DescripciónEl Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social es un cuerpo funcionarial clasificado en el Grupo A, Subgrupo A2. Sus miembros desempeñan funciones administrativas y de gestión de nivel intermedio en las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. BOE-A-2025-27067
  • TitulaciónGrado Universitario Diplomado Universitario Ingeniero Técnico Arquitecto Técnico Títulos equivalentes reconocidos oficialmente
    ExamenEl proceso consta de dos fases eliminatorias más un curso selectivo: ​ Primer ejercicio: Cuestionario de 60 preguntas referidas al Bloque VIII (Seguridad Social) del programa. Pueden incluirse 5 preguntas adicionales de reserva ​ Segundo ejercicio: Detalles en anexo del BOE ​ Curso selectivo: Conjunto de materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo de Gestión. Incluye módulos sobre diversidad sexual e igualdad de género ​
    PenalizaciónCada contestación errónea descuenta 1/4 del valor de una respuesta correcta
Inicio:30/12/2025
Fin:27/01/2026

Ponte a prueba: Preguntas Oficiales

¿Cuál de los siguientes NO es un requisito para que la movilidad funcional dentro del mismo grupo profesional sea válida?
  • A.Que no se cause perjuicio a la formación profesional del trabajador.
  • B.Que la nueva función sea inferior a la anterior.Correcta
  • C.Que se respeten los derechos económicos del trabajador.
  • D.Que existan razones organizativas que lo justifiquen.

Justificación:

La movilidad funcional dentro del mismo grupo profesional puede implicar el desempeño de funciones diferentes, pero no necesariamente inferiores.

En caso de desacuerdo con una sanción impuesta por la empresa, el trabajador puede:
  • A.Recurrir directamente a los tribunales
  • B.Impugnarla ante la jurisdicción socialCorrecta
  • C.Ignorarla
  • D.Acatarla y solicitar su eliminación en el futuro

Justificación:

El trabajador tiene derecho a impugnar la sanción impuesta por la empresa ante la jurisdicción social, siguiendo el procedimiento establecido en la ley.

Una empresa principal contrata a otra para realizar una actividad que forma parte de su propio ciclo productivo. ¿Podría considerarse cesión ilegal de trabajadores?
  • A.Nunca, la contratación es siempre legal.
  • B.Depende del volumen de trabajo subcontratado.
  • C.Solo si la empresa contratada no tiene autonomía organizativa.Correcta
  • D.Siempre, independientemente de la autonomía de la empresa contratada.

Justificación:

Si la empresa contratada carece de autonomía y se limita a proporcionar mano de obra para actividades propias de la principal, podría configurarse una cesión ilegal.

En un traslado geográfico del trabajador, ¿qué plazo mínimo de preaviso debe dar el empresario?
  • A.30 días.Correcta
  • B.15 días.
  • C.7 días.
  • D.Depende del convenio colectivo.

Justificación:

El Estatuto de los Trabajadores establece un preaviso mínimo de 30 días en caso de traslado.

Un empresario impone una sanción de suspensión de empleo y sueldo a un trabajador. ¿Qué plazo tiene el trabajador para impugnar la sanción?
  • A.5 días hábiles.
  • B.10 días hábiles.
  • C.30 días hábiles.
  • D.20 días hábiles.Correcta

Justificación:

El plazo para impugnar una sanción disciplinaria es de 20 días hábiles.